¿EN QUÉ CASOS DE CAÍDAS EN UNA VÍA PÚBLICA PUEDO RECLAMAR?
Se podrá reclamar una indemnización por daños provocados por mal estado del pavimento, socavones en vía pública, desprendimiento de tapas de alcantarillado, daños en acera por raíces de los árboles, caída de señales, desprendimiento de losetas, arquetas sin tapa, mala, deficiente o inexistente señalización de obras, falta de iluminación nocturna, etc.
QUE DEBO HACER?
-Llamar a la Policía en el momento del accidente para que realice atestado correspondiente, tomar fotos de los daños y de lo que los ocasionó. Si no lo puede hacer por sí mismo, conviene que le diga a alguien que lo haga por vd.
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Buscar testigos: es importante que si hay testigos consten en el atestado, presten declaración ante la patrulla que se persone y firmen la misma, ya que su declaración será fundamental en un ulterior juicio. Si ello no es posible es importante al menos obtener el nombre y teléfono de los testigos para poder citarlos a juicio.
- Asistir el mismo día a un servicio de urgencias de un centro hospitalario. Todas las lesiones deben quedar reflejadas en el parte médico de urgencias. Y si las lesiones requieren baja laboral, convendrá acudir al CAP para que nos la den y así se podrán presentar también los partes de Baja/alta de la Seguridad Social, así como demás justificantes de intervenciones quirúrgicas, consultas médicas, tratamientos médicos, rehabilitación, etc.
DÓNDE DEBO PRESENTAR LA RECLAMACIÓN?
En el Ayuntamiento correspondiente