SERVICIO DE INFORMACIÓN Y ORIENTACIÓN TELEMÁTICA A LA VÍCTIMA DEL DELITO DE LA GENERALITAT

13/05/2019

El servicio de información y orientación a personas víctimas de un delito (SIOVD) es un servicio gratuito que funciona de lunes a viernes, de 8 a 22 horas. Se puede acceder a través de:

- teléfono: 900 12 18 84
- correo electrónico: infovictimesdelicte.justicia@gencat.cat

El objetivo de este servicio es informar, asesorar, orientar, derivar y, en su caso, llevar a cabo un trabajo de contención y apoyo emocional, las personas que se consideran víctima de un delito, tanto antes como después del proceso penal, tal como determina la Ley 4/2015, de 27 de abril, del Estatuto de la víctima del delito.

Atiende y orienta las demandas de información y asesoramiento de cualquier persona que haya sido o se sienta víctima de un delito, y, en su caso, las deriva directamente en las oficinas de atención a la víctima del delito o los equipos de justicia restaurativa del Departamento de Justicia.

Las personas que accedan al servicio pueden expresarse en diferentes lenguas, como catalán, castellano, inglés, francés, alemán y árabe.

SOBRE QUÉ INFORMA:

-Las medidas de asistencia y apoyo disponibles, ya sean de tipo médico, psicológico o material.
-El derecho a denunciar y, en su caso, del procedimiento para presentar una denuncia, y del derecho a facilitar los elementos de prueba a las autoridades encargadas de la investigación.
-El procedimiento para obtener asesoramiento y defensa jurídica y, en su caso, de las condiciones en que se puede obtener gratuitamente.
-La posibilidad de solicitar medidas de protección.
-Las indemnizaciones a que se pueda tener derecho.
-Los servicios de interpretación y traducción disponibles.
-Las ayudas y servicios auxiliares para la comunicación disponibles.
--El procedimiento a seguir para que la víctima pueda ejercer sus derechos si reside fuera de España.
Los recursos que se pueden interponer contra las resoluciones que se consideren contrarias a sus derechos.
-Los datos de contacto de la autoridad encargada de la tramitación del procedimiento y de cuáles son los canales para comunicarse con ellos.
-Los supuestos en los que se puede obtener el reembolso de los gastos judiciales.
-El derecho que se le notifiquen las resoluciones a las que se refiere el artículo 7 de la Ley del Estatuto de la víctima del delito, si la víctima lo solicita. En concreto, se le informará del procedimiento para solicitarlo y se la derivará a la oficina de atención a la víctima del delito correspondiente.
-Los servicios del entorno más cercanos a los que puede acudir: servicios sociales, sanitarios, policiales y judiciales.