SEGUIR COTIZANDO PARA LA JUBILACIÓN DESPUÉS DE PERDER EL EMPLEO
Muchos trabajadores firman un convenio especial con la seguridad social para seguir cotizando a la jubilación después de perder un empleo o de que se le reduzca la jornada de trabajo.
Este convenio, que se puede suscribir de manera voluntaria, tiene como objetivo no perder los derechos generados para la futura jubilación.
No obstante, aunque normalmente se realiza con el ánimo de cobrar una pensión de jubilación más alta, este convenio especial también cotiza a la incapacidad permanente.
En sentido contrario, no permite cotizar para tener derecho a la prestación por desempleo, ni para la prestación de maternidad, paternidad, riesgos durante el embarazo o lactancia.
Es decir, que no podremos suscribir este convenio para tener derecho a cobrar el paro, ni la maternidad o paternidad, pero sí que se tendrá en cuenta en caso de que nos concedan una incapacidad permanente, ya sea parcial, total, absoluta o de gran invalidez.
La solicitud del convenio deberá realizarse en el modelo oficial ante la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social del domicilio del trabajador que lo solicita.
Para saber el importe mensual que se tiene que abonar a la Seguridad Social, el trabajador tiene que decidir la base de cotización sobre la que se va a realizar el convenio colectivo.
Dicha base es la que determinará en un futuro la cuantía de la pensión de jubilación, por lo que es muy importante escoger una base que sepamos que podemos pagar, y a su vez, que nos permita obtener una pensión adecuada.
En relación con el objetivo comentado anteriormente, el trabajador no es libre de escoger la cuantía de la base de cotización, sino que dependerá de las cotizaciones realizadas anteriormente a la suscripción del convenio.
Esta limitación viene derivada del objetivo de este convenio, que no es ampliar los derechos económicos de los trabajadores en la jubilación, sino mantenerlos cuando el trabajador pierde el empleo o ve reducido su salario o jornada.