SE AVECINAN CAMBIOS EN MATERIA LEGISLATIVA DE TRÁFICO 2019

22/11/2018

La fecha de entrada en vigor de esta nueva normativa podría ser el próximo 2 de enero de 2019, aunque todavía no está confirmada.

1.- LÍMITES DE VELOCIDAD EN CARRETERAS CONVENCIONALES: A partir de 2019, la velocidad máxima será de 90 km/h para coches y motos. Y de 80 km/h para autobuses, furgonetas y camiones.

2.- LÍMITES DE VELOCIDAD EN CIUDAD: Las vías urbanas de un único carril y sentido tendrán una velocidad limitada a 30 km/h

3.- USO DEL TELÉFONO MÓVIL: A partir de enero, conducir portando el móvil en la mano, ya sea para hablar o para cualquier otra funcionalidad, supondrá perder seis puntos (ahora son tres).

4.- USO DEL CINTURÓN DE SEGURIDAD: también pretende endurecer la pérdida de puntos por no llevar puesto el cinturón de seguridad, el casco o el sistema de retención infantil homologado, infracción que pasará de restar tres puntos del carné a cuatro, a partir de enero de 2019.

5.- CURSOS DE RECUPERACIÓN DE PUNTOS: Por otra parte, también se puede apreciar una intención didáctica, por parte de la DGT, que pretende beneficiar a los conductores que quieran mejorar su conducta a través de los cursos de recuperación de puntos. Así las cosas, superar un curso de recuperación parcial de puntos se traducirá en ocho puntos y no en los seis actuales.