OBLIGACIÓN DEL USO DE MASCARILLAS- SANCIONES - NUEVA NORMATIVA
( RESOLUCIÓ SLT/1648/2020, de 8 de juliol, per la qual s'estableixen noves mesures en l'ús de la mascareta per a la contenció del brot epidèmic de la pandèmia de COVID-19)
1.-Las personas de seis años en adelante están obligadas al uso de mascarilla en la vía pública, en los espacios
al aire libre y en cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público, con
independencia del mantenimiento de la distancia física interpersonal de seguridad.
2.-Corresponde a los ayuntamientos y a la Administración de la Generalidad de Cataluña, en el ámbito de sus
respectivas competencias, las funciones de vigilancia, inspección y control de las medidas establecidas en esta
Resolución sobre el uso de la mascarilla.
El incumplimiento de las medidas recogidas en esta Resolución será objeto de régimen sancionador de acuerdo
con la legislación sectorial aplicable.