INCONSTITUCIONALIDAD DE LA LEY QUE LIMITA EL PRECIO DEL ALQUILER
El Tribunal Constitucional en fecha 10 de marzo de 2022 ha dictado una SENTENCIA que declara la nulidad y la inconstitucionalidad de la mayoría de los artículos de la LEY 11/2020 de 18 de septiembre de medidas urgentes en materia de contención de rentas de los contratos de arrendamientos de vivienda.
LOS EFECTOS MÁS RELEVANTES DE ESTA SENTENCIA SON:
1. Queda inaplicable y sin efecto la Ley 11/2020, puesto que con la declaración de nulidad e inconstitucionalidad de la mayoría de sus artículos, queda sin contenido aplicable.
2. A partir de ahora los alquileres de viviendas no tienen limitada su renta, siendo posible pactar la renta que convengan las partes, en base al principio de libertad de pacto establecido en el artículo 17 de la LAU (1. La renta será la que libremente estipulen las partes).
3. La Sentencia no tiene efectos retroactivos: Los efectos de la Sentencia son para los contratos que se firmen a partir de esta resolución, por tanto, no quedan afectados y se mantendrán en sus términos los contratos celebrados con anterioridad en base a las normas de limitación de rentas de la Ley 11/2020.
4. Está claro que el Parlamento de Cataluña no tiene competencias para limitar los precios o rentas de los contratos de arrendamientos de viviendas.
ENTRADA EN VIGOR:
Desde el 8 de abril de 2022, fecha en la que la Sentencia ha sido publicada en el BOE.