GOLDEN VISA

05/02/2018

La Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de apoyo a los emprendedores y su internacionalización establece la posibilidad de que obtengan una autorización de residencia en España aquellos extranjeros que realicen una inversión en el país.

 

¿Qué tipo de autorización o visado implica esta categoría?

Visado de residencia para residir al menos un año.

Autorización de residencia de dos años que podrá renovarse:

  • Si la inversión realizada se mantiene y

  • Si se ha realizado al menos una visita a España durante el periodo de residencia.

Para solicitar la autorización de residencia inicial se debe ser titular de un visado de inversor.

* ¿Quién puede solicitarlo?

Aquellos inversores que realicen una inversión significativa en España:

  • Activos inmobiliarios, es decir, comprar viviendas o locales (500.000 €)

  • Acciones o depósitos bancarios (1 millón de €)

  • Deuda pública (2 millones de €)

Proyectos empresariales en España considerados de interés general.

* ¿Dónde hay que dirigirse para solicitarlo?

El visado se tramitará en el Consulado de España en el país de procedencia o de residencia.

La autorización de residencia se tramitará en la Unidad de Grandes Empresas-Colectivos Estratégicos.

 

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