DECLARACIÓN DE LA RENTA : ALQUILER

21/05/2018

En Catalunya los contribuyentes pueden deducir el 10%, hasta un máximo de 300€ anuales, de las cantidades satisfechas en el período impositivo en concepto de alquiler de la vivienda habitual, siempre que se hallen en alguna de las situaciones siguientes:

- Tener 32 años o menos en la fecha de la declaración.

- Haber estado en paro durante ciento ochenta y tres días o más durante el ejercicio.

- Tener un grado de discapacidad igual o superior al 65%.

- Ser viudo o viuda y tener sesenta y cinco años o más.

- Que su base imponible total, menos el mínimo personal y familiar no sea superior a 20.000€ anuales.

- Que las cantidades satisfechas en concepto de alquiler excedan del 10% de los rendimientos netos del sujeto pasivo.

Los contribuyentes pueden deducir el 10%, hasta un máximo de 600€ anuales, de las cantidades satisfechas en el período impositivo en concepto de alquiler de la vivienda habitual, siempre que en la fecha de devengo pertenezcan a una familia numerosa y cumplan los requisitos establecidos por las letras b y c anteriores.