AYUDAS DE LA GENERALITAT LOS INQUILINOS DE VIVIENDA CON SITUACIÓN DE VULNERABILIDAD SOBREVENIDA
- La ayuda se puede conceder por un importe máximo de seis meses de la renta de alquiler, desde abril a septiembre de 2020.
- Para aquellos contratos en los que la renta de alquiler sea inferior a los 900 €.
- Que el titular o cualquier miembro de la unidad familiar se encuentren en situación de
vulnerabilidad sobrevenida económica por la Covid-19.
- Las cuantías máximas de la ayuda, según la ubicación de la vivienda, son las siguientes:
Barcelona ciudad: 750 euros mensuales (máximo 4.500 €)
Demarcación de Barcelona: 750 euros mensuales (máximo 4.500 €)
Demarcación de Girona: 500 euros mensuales (máximo 3.000 €)
Demarcación de Tarragona: 500 euros mensuales (máximo 3.000 €)
Demarcación de Lleida: 450 euros mensuales (máximo 2.700 €)
Demarcación de las Tierras del Ebro: 350 euros mensuales (máximo 2.100 €)
- pueden solicitar desde el día 19 de mayo y hasta el 30 de septiembre, preferentemente, a través de medios electrónicos en la web de la Generalidad de Cataluña